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- La Comisión Europea aprueba nuevas medidas antidumping a China sobre dos derivados del acero el 23-10-2025: tornillos sin cabeza
La Comisión Europea aprueba nuevas medidas antidumping sobre dos derivados del acero el 23-10-2025 La Comisión Europea adopta medidas antidumping sobre importaciones de tornillos sin cabeza La Comisión Europea ha impuesto hoy medidas antidumping sobre las importaciones en la UE de tornillos sin cabeza originarios de la República Popular China. Los derechos antidumping definitivos establecidos oscilan entre el 54,7 % y el 72,3 % . La adopción de estas medidas se produce tras una investigación que identificó prácticas comerciales desleales . La imposición de estos derechos tiene como objetivo restablecer condiciones de competencia equitativas en el mercado europeo entre los tornillos sin cabeza importados de China y los productos de fabricación nacional. El mercado europeo de este tipo de tornillos tiene un valor aproximado de 500 millones de euros . Descripción del producto y aplicaciones: Los tornillos sin cabeza, que incluyen varillas roscadas, pernos de anclaje y pernos en U , se utilizan para unir mecánicamente dos o más elementos . Su uso abarca múltiples industrias de consumo y aplicaciones finales, incluyendo los sectores automotriz, energías renovables, electrodomésticos, agricultura y construcción . Ubicación de la industria europea: La producción europea de este producto se concentra en Bélgica, Croacia, República Checa, Francia, Alemania, Hungría, Italia, Países Bajos, España y Polonia Producto País de origen Tipo de medida Rango de derechos Objetivo / Justificación Mercado afectado Industria UE Tornillos sin cabeza (varillas roscadas, pernos de anclaje, pernos en U) República Popular China Derechos antidumping definitivos 54,7 % – 72,3 % Restablecer condiciones de competencia leal tras prácticas comerciales desleales €500 millones en la UE Bélgica, Croacia, República Checa, Francia, Alemania, Hungría, Italia, Países Bajos, España, Polonia Notas adicionales: La medida se aplica exclusivamente a los tornillos sin cabeza importados desde China. El objetivo es proteger la producción europea frente a la competencia desleal. Los productos tienen aplicaciones en sectores como automotriz, energías renovables, electrodomésticos, agricultura y construcción .
- EUDR: La Comisión propone un retraso solo para micro y pequeñas empresas junto con nuevas simplificaciones
La Comisión renuncia al segundo retraso salvo para micro y pequeñas empresas La Comisión Europea retira el plan para retrasar la ley contra la deforestación (EUDR) que propuso a finales del pasado mes de Septiembre de 2025 para Grandes y Medianas Empresas La Comisión ha hecho publico el 21 de octubre que NO propondrá finalmente un segundo retraso en las fechas de aplicación del EUDR, de manera que se mantiene en las fechas de entrada en vigor previstas para las Grandes y Medianas Empresas el 31-12-2025. La Comisión Europea ha decidido no seguir adelante con su propuesta de retrasar una vez más un año más la aplicación de la legislación contra la deforestación y la degradación EUDR. Esta decisión llega tan solo un mes después de haber anunciado su intención de aplazarla. Durante la reunión del Consejo de Medio Ambiente celebrada el 21 de octubre de 2025 en Luxemburgo, el Comisario de Medio Ambiente, Erik Roswall, confirmó que la Comisión sigue comprometida con la aplicación de la normativa, aunque ha propuesto varios ajustes para reducir la carga administrativa que esta supone para operadores e importadores. Únicamente las microempresas y pequeñas empresas seguirán disponiendo de un año adicional para cumplir con la normativa. La Regulación de la UE sobre productos libres de deforestación (EUDR) entrará en vigor como estaba previsto, el 30 de diciembre de este año. Además, para reducir la carga administrativa, la Comisión propone que solo la empresa que introduzca por primera vez un producto en el mercado de la UE deberá presentar una declaración de diligencia debida. Esta medida tiene como objetivo reducir la gestión para las empresas y aliviar la carga sobre el sistema informático centralizado de la EUDR. Cabe destacar que esta propuesta aún debe ser aprobada por el Parlamento Europeo y el Consejo de la UE para entrar en vigor. Brussels, 21.10.2025 COM(2025) 652 final 2025/0329 (COD) Proposal for a REGULATION OF THE EUROPEAN PARLIAMENT AND OF THE COUNCIL amending Regulation (EU) 2023/1115 as regards certain obligations of operators and traders FECHAS DE ENTRADA EN VIGOR Para las micro y pequeñas empresas a fecha de cierre de balance contable 31-12-2024 (no 31-12-2020 como estaba anteriormente contemplado!) , la entrada en aplicación se pospone al 30-12-2026 incluido "Operadores primarios micro y pequeñas empresas" de países de riego bajo (nueva categoría). En relación al EUTR, para los "Operadores primarios micro y pequeñas empresas" y para las "Micro o Pequeñas Empresas" a fecha de cierre contable de 31-12-2024, el Reglamento EUTR les seguirá siendo aplicable hasta el 31-12-2026. Para los productos EUTR producidos antes de 29-06-2023, y comercializados tras el 30-12-2026, el EUTR seguirá siendo de aplicación hasta el 31-12-2028. PRINCIPALES CAMBIOS PROPUESTOS Se introducen una nueva categoría de Operadores " Operadores primarios micro y pequeñas empresas" de países de riego bajo. Se excluye de la definición de "Operador" a los "Operadores aguas abajo". Se introduce junto con la "Declaración de Diligencia Debida" la " Declaración Simplificada" únicamente aplicable a los "Operadores primarios micro y pequeñas empresas". Los Representantes Autorizados únicamente podrán representar a los "Operadores". Las obligaciones de información a lo largo de la cadena de suministro se reducen así por ejemplo los "Operadores no PYMES" aguas abajo, no tienen que asegurarse de que se ha ejercitado un SDD previo pero sí de estar en posesión de cierta información que ha sido considerablemente reducida (eliminación art.4 párrafo 8, 9 y 10). Sigue existiendo obligación de registrarse en TRACES. Se introducen modificaciones en cuanto a los chequeos que deben ser realizados por las Autoridades estableciendo un periodo de gracia de 6 meses. Estos cambios están pendientes de aprobación por lo que pudieran estar sujetos a nuevas modificaciones Próximos pasos: 🔄 Escenarios posibles: Si el Parlamento Europeo acepta la propuesta (con o sin enmiendas), el Consejo de la UE deberá confirmarla en una votación separada . Si el Parlamento la rechaza , la EUDR entrará en vigor sin cambios . Si el Consejo introduce enmiendas , se requerirá una segunda votación en el Parlamento , lo que podría llevar a más modificaciones o, si fracasan las negociaciones, a la entrada en vigor sin cambios de la EUDR. ❓ ¿Qué significa esto para su empresa? La propuesta apunta a una simplificación de ciertas obligaciones, pero el resultado final aún no está definido : puede ser aprobado, modificado o rechazado . Para los operadores que no son PYMES , las obligaciones no cambian . Los actores en la cadena de suministro (downstream) seguirán obligados a recoger y transmitir los números de referencia de diligencia debida . El cronograma de aplicación también se mantiene sin cambios para los operadores no PYME . 🗳️ ¿Cuándo se votará esta propuesta? Actualmente hay una sesión plenaria del Parlamento Europeo en Estrasburgo (22 y 23 de octubre), pero no será incluida en el orden del día por plazos . La próxima sesión plenaria del Parlamento Europeo está programada para los días 12 y 13 de noviembre de 2025 en Bruselas , y es probable que la propuesta se someta a votación en ese momento . Mas info: info@carojaume.com
- La Comisión propone un plan para proteger a la industria siderúrgica de la UE que afecta entre otros a las importaciones
La Comisión ha presentado una propuesta para proteger al sector siderúrgico de la UE de los efectos injustos del exceso de capacidad mundial, un paso vital para garantizar la viabilidad a largo plazo de una industria estratégicamente crucial. Cumpliendo los compromisos establecidos en el Plan de Acción de la UE para el Acero y el Metal, la propuesta mantiene el principio de comercio abierto y refuerza el compromiso con los socios mundiales para hacer frente al exceso de capacidad, mediante: limitar los volúmenes de importación libres de aranceles a 18,3 millones de toneladas al año (una reducción del 47 % en comparación con los contingentes siderúrgicos de 2024), duplicar el nivel de los derechos al margen de cuota hasta el 50 % (frente al 25 % en el marco de la salvaguardia) y reforzar la trazabilidad de los mercados siderúrgicos mediante la introducción de un requisito de fusión y vertido para evitar la elusión. La presidenta de la Comisión Europea, Ursula von der Leyen, ha declarado: « «Un sector siderúrgico fuerte y descarbonizado es vital para la competitividad, la seguridad económica y la autonomía estratégica de la Unión Europea. El exceso de capacidad global está dañando nuestra industria. Tenemos que actuar ahora, insto al Consejo y al Parlamento a que avancen rápidamente. La Comisión seguirá trabajando con la industria para proteger y crear buenos puestos de trabajo, y con los Estados miembros y los socios mundiales, también a nivel de la OMC, para encontrar soluciones a largo plazo a los retos compartidos». La propuesta reemplazará la medida de salvaguardia del acero que expirará en junio de 2026. Responde al llamamiento de los trabajadores de la UE, la industria, varios Estados miembros, diputados al Parlamento Europeo y partes interesadas para ofrecer una protección sólida y permanente a la industria siderúrgica de la UE, con vistas a salvaguardar los puestos de trabajo de la UE y apoyar al sector en sus esfuerzos de descarbonización. El exceso de capacidad siderúrgica es un problema mundial que requiere una acción firme, genuina y conjunta de todos los socios. La Comisión seguirá dirigiendo el trabajo internacional sobre la búsqueda de soluciones colectivas para abordar eficazmente las causas profundas del exceso de capacidad mundial, también en el marco del Foro Mundial sobre el Exceso de Capacidad del Acero. Con la medida propuesta, la Comisión invita a los países afines a que colaboren con vistas a aislar sus economías del exceso de capacidad mundial, garantizando al mismo tiempo las cadenas de suministro y aumentando el acceso mutuo al mercado. La medida propuesta es plenamente conforme con la OMC. Tras recibir un mandato del Consejo, la Comisión colaborará rápidamente con los socios comerciales de la UE afectados en el marco del procedimiento del artículo XXVIII del GATT en relación con esta modificación de los aranceles de la UE en la OMC, con vistas a ofrecerles asignaciones específicas por país. En vista de la integración estrecha y única en el mercado interior de la UE en virtud del Acuerdo EEE, las exportaciones de Noruega, Islandia y Liechtenstein no estarán sujetas a contingentes arancelarios o derechos. Por separado, los intereses de un país candidato que se enfrenta a una situación de seguridad excepcional e inmediata, como Ucrania, también deben tenerse en cuenta a la hora de decidir las asignaciones de cuotas, sin socavar la eficacia de la medida. Próximos pasos La propuesta de la Comisión se someterá ahora al procedimiento legislativo ordinario, por lo que corresponderá al Parlamento Europeo y al Consejo llegar a un acuerdo sobre el reglamento definitivo. La Decisión del Consejo por la que se autoriza la apertura de negociaciones requerirá la adopción de una mayoría cualificada en el Consejo. Una vez adoptada por el Consejo y el Parlamento, la medida sustituirá a la salvaguardia de la UE sobre el acero, cuando expire en junio de 2026. Al presentar hoy, la Comisión quiere garantizar una protección ininterrumpida del sector siderúrgico de la UE. Antecedentes El acero es un material esencial para la economía de la UE, también para su transición ecológica, debido a su uso en una gran cantidad de sectores de importancia estratégica, incluida la defensa. La industria siderúrgica de la UE es el tercer mayor productor de acero del mundo. Emplea directamente a unas 300 000 personas y apoya indirectamente a unos 2,5 millones de puestos de trabajo, con centros de producción de acero en más de 20 Estados miembros de la UE. Las plantas siderúrgicas sostienen muchas economías regionales, subrayando su importancia socioeconómica y política. La industria siderúrgica de la UE se enfrenta actualmente a una presión significativa debido a los niveles insostenibles de exceso de capacidad mundial, que es más de cinco veces el consumo anual de acero de la UE (actualmente 620 millones de toneladas y se prevé que aumente a 721 millones de toneladas de aquí a 2027). Este aumento del exceso de capacidad, el aumento de las importaciones de acero y el cierre de los mercados de terceros países se suman a los retos internos a los que se enfrenta la industria siderúrgica de la UE. Estos incluyen un aumento de las medidas restrictivas del comercio en terceros países, elevados costes energéticos y de fabricación en la UE y una menor demanda interna. Estos retos debilitan indebidamente la competitividad de la industria de la UE en un mercado mundial, socavando la capacidad de la industria para invertir especialmente en la descarbonización y amenazando su viabilidad a largo plazo. La industria siderúrgica de la UE es la única región importante que ha perdido unos 65 millones de toneladas de capacidad desde 2007. En 2024, la tasa de utilización de la capacidad alcanzó el 67 % [las tasas saludables rondan el 80 %] y se han perdido entre 9 000 y 100 000 puestos de trabajo desde 2007. El sector registró pérdidas récord en 2024. A la luz de estos retos críticos, la Comisión anunció su intención de preparar una nueva medida sobre el acero en su Plan de Acción sobre el Acero y los Metales (SMAP) de marzo de 2025, y la presidenta Von der Leyen reiteró el compromiso de la UE de proteger su industria siderúrgica en su discurso sobre el estado de la Unión Europea (SOTEU). La medida propuesta se basa en un análisis económico, que incluye una evaluación de las posibles repercusiones de diversas opciones, así como en la información recabada a través de una consulta específica de las partes interesadas sectoriales que tuvo lugar durante el verano. Muchos de los más de 500 encuestados, tanto en la industria (productores y usuarios) como en los Estados miembros de la UE, apoyaron firmemente una medida que reduce significativamente el volumen de contingentes arancelarios de acero aplicables a todos los orígenes, con un elevado nivel de derechos fuera de cuota que consideran necesario para preservar una industria siderúrgica fuerte y sostenible en la UE. El análisis económico y un resumen de los resultados de la consulta a las partes interesadas se presentan en un documento de trabajo de los servicios de la Comisión que acompaña a la propuesta. Para más información Medida propuesta sobre el acero Documento de trabajo de los servicios de la Comisión Recomendación de Decisión del Consejo por la que se autoriza la apertura de negociaciones Preguntas y respuestas
- El 17 de octubre de 2025, la Asamblea de la Organización Marítima Internacional (IMO), en el comité MEPC extraordinario, decidió posponer un año la votación para adoptar su “Net‑Zero Framework”
El 17 de octubre de 2025, la Asamblea de la Organización Marítima Internacional (IMO), en el comité MEPC extraordinario, decidió posponer un año la votación para adoptar su “Net‑Zero Framework” (NZF). Según la Marine Magazine, la moción de aplazamiento fue presentada por Singapur y formalizada por Arabia Saudí, aprobándose con 57 votos a favor, 49 en contra y 21 abstenciones. La European Community Shipowners’ Association (ECSA) lamenta el retraso, ya que consideran que el NZF era clave para dar certeza al sector, incentivar los combustibles limpios y nivelar las reglas a nivel global. Para muchos en la industria, este aplazamiento genera incertidumbre sobre la coherencia entre las medidas regionales (como las de la UE) y las futuras normas internacionales. El marco NZF estaba diseñado para introducir un estándar de combustible que reduzca la intensidad de gases de efecto invernadero por unidad de energía, y un mecanismo de precios de carbono para barcos grandes, con la compra de “Unidades de Remediación” si superan ciertos límites, o generación de “Unidades Excedentes” si están por debajo. Los ingresos generados por este mecanismo se canalizarían a un “Fondo Net‑Zero” gestionado por la IMO, para financiar inversiones en combustibles limpios y apoyar la transición especialmente en países en desarrollo. Originalmente, se esperaba que el NZF entrara en vigor a nivel mundial alrededor de 2027. A pesar del aplazamiento internacional, las obligaciones de la UE en materia de emisiones marítimas no cambian: las empresas que operan con puertos de la UE siguen sujetas al sistema de comercio de emisiones de la UE (EU ETS) y al régimen FuelEU Maritime. En el Parlamento Europeo ya se ha planteado una pregunta escrita a la Comisión sobre cómo se gestionará este “año de transición”, dado el desfase entre las reglas de la UE y el marco global. Asociaciones sectoriales, como CLECAT, han expresado su preocupación por la fragmentación regulatoria: si no hay un marco global, podrían multiplicarse los regímenes regionales, lo que perjudica la competencia. Mientras tanto, el CBAM sigue siendo una prioridad para la UE. Las reformas recientes han hecho más sencillo para muchos importadores cumplir con sus obligaciones CBAM. En concreto, se ha acordado una exención “de minimis”: importadores con menos de 50 toneladas por año estarán exentos del CBAM, lo que puede beneficiar especialmente a pymes o importadores ocasionales. Aun con esta exención, se mantiene una cobertura muy amplia: se estima que el 99 % de las emisiones de CO₂ de los bienes CBAM seguirán incluidos bajo el mecanismo. Análisis y consecuencias El aplazamiento de la IMO implica un elemento de incertidumbre regulatoria para el transporte marítimo internacional. Las empresas que ya se preparaban para el NZF pueden tener que replantear sus estrategias de transición de combustible y de cumplimiento. Para la UE, este retraso puede traducirse en una ventana de adaptación, pero también en un riesgo: si el marco global no se adopta pronto, las medidas regionales (como el ETS marítimo o FuelEU) podrían permanecer como la única referencia regulatoria para muchas líneas navieras, fragmentando el mercado según rutas y banderas. En paralelo, el CBAM de la UE gana protagonismo como herramienta para empujar la descarbonización desde el comercio internacional. Su simplificación reciente puede facilitar el cumplimiento, lo que es clave para importadores que operan con márgenes estrechos o en sectores intensivos en carbono.
- Reglamento 2025/2083 que modifica el Reglamento 2023/956 del CBAM en fase definitiva
MAFC - CBAM Mecanismo de Ajuste en Frontera por Emisiones de Carbono Aprobado el Reglamento 2025/2083 que modifica el Reglamento 2023/956 el 17-10-2025 Reglamento 2023/956 CBAM de la fase definitiva modificado el 17-10-2025 por Reglamento 2025/2083 Las obligaciones del periodo definitivo han sido modificadas. Entre otras modificaciones, se propone el retraso en la compra de certificados CBAM de 2026 a febrero de 2027 referidas a las importaciones de 2026, se reduce la tenencia de certificados, se elimina la limitación en la recompra, se crean dos nuevos registros, valores por defecto para los precios por carbono o incremento del mínimo exento a 50 Tn netas anuales acumulativas excluido hidrógeno y electricidad, umbral que será revisado anualmente. La fecha de registro como Declarante Autorizado se prórroga hasta el 31-03-2026 aunque se recomienda la inscripción lo antes posible. Más información: info@carojaume.com
- Modificación de la Directiva de Residuos: Directiva (UE) 2025/1892 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 10 de septiembre de 2025. Especial impacto en textiles
Directiva (UE) 2025/1892 La Directiva 2025/1892 modifica el marco de la Directiva de residuos (2008/98/CE) para introducir nuevas obligaciones especialmente en los sectores alimentario y textil. La reforma se enmarca en la apuesta de la UE por la economía circular y se alinea con el Pacto Verde Europeo y el Plan de Acción para la Economía Circular. Reducción de residuos alimentarios Se establece un nuevo artículo 9 bis en la Directiva 2008/98/CE dedicado a la prevención de residuos alimentarios . Los Estados miembros deben adoptar medidas a lo largo de toda la cadena alimentaria: producción primaria, transformación, distribución (minoristas, restaurantes), y hogares. Hay objetivos obligatorios para 2030: según algunos análisis, se prevé una reducción del 10 % en residuos alimentarios en la producción/transformation, y un 30 % “per cápita” en distribución, restauración y hogares, tomando como referencia niveles medios entre 2021‑2023. Responsabilidad Ampliada del Productor (RAP) para textiles Se introduce una definición para “productor de productos textiles, relacionados con textiles o de calzado” (anexo IV quater) en la Directiva modificada. Obligaciones para los productores textiles (fabricantes, importadores, distribuidores e incluso ventas por medios electrónicos) en relación con recogida, reciclado, reutilización. También se prevé que los productores cubran parte de los costes (RAP) de gestión de residuos textiles, y se consideran criterios de ecodiseño: durabilidad, reciclabilidad, desmontabilidad, uso de materiales reciclados, etc. Se establecen objetivos de recogida y reciclado para 2030 y 2035, así como para la preparación para la reutilización. Según fuentes periodísticas, por ejemplo: 50 % reciclado en 2030 y 70 % en 2035; reutilización: 20 % en 2030, 35 % en 2035. También se prohíbe la destrucción de excedentes no vendidos: los productos textiles no vendidos deberán canalizarse hacia la reutilización, donación o reciclaje, evitando su destrucción. Además, se exige información más clara al consumidor: por ejemplo, los comercios grandes deberán informar sobre la separación de residuos textiles, la disponibilidad de ropa de segunda mano o reciclada, y el contenido reciclado de los productos. Infraestructura de recogida separada Se modifica el artículo 11 de la Directiva 2008/98/CE para requerir que los Estados miembros aseguren la existencia de infraestructura adecuada para la recogida separada de residuos. Específicamente, se prevé una “cobertura material y territorial suficiente” de los puntos de recogida separada para textiles, para facilitar su recogida, reutilización y reciclaje. Ámbito de aplicación y definiciones Se ajusta la definición de “residuo”: por ejemplo, en el artículo 2, apartados relativos a residuos atmosféricos, se incorpora el dióxido de carbono capturado y almacenado geológicamente. Se precisa la figura legal de “productor” textil, para que la responsabilidad ampliada se aplique también a importadores y distribuidores, incluso en ventas por comercio electrónico. Plazos y transposición La Directiva entró en vigor veinte días después de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea (DOUE). Los Estados miembros tienen un plazo para transponer las nuevas obligaciones: según fuentes, deben adaptar su legislación a más tardar el 17 de junio de 2027 .
- Aprobado el texto final del Reglamento que modifica el Reglamento CBAM MAFC de la fase definitiva
MAFC: el Consejo aprueba la simplificación del instrumento de fuga de carbono de la UE El Consejo ha adoptado hoy, como parte del paquete legislativo conocido como «ómnibus I», un Reglamento que simplifica y refuerza el Mecanismo de Ajuste en Frontera por Carbono (MAFC) de la UE. Con este Reglamento se busca simplificar el MAFC e introducir mejoras para que el cumplimiento sea económicamente eficiente. El objetivo principal es reducir la carga normativa y administrativa , así como los costes de cumplimiento, para las empresas de la UE, especialmente las pymes. Nada cambia con respecto a las aspiraciones en materia climática del mecanismo, ya que aproximadamente el 99 % de las emisiones implícitas en las mercancías importadas sujetas al MAFC seguirán estando cubiertas. Para que la transición ecológica llegue a buen puerto, sin dejar de impulsar al mismo tiempo la competitividad de Europa, debemos reducir las cargas innecesarias. Eso es exactamente lo que ofrece este instrumento: facilitar la vida a las empresas europeas sin renunciar a nuestras aspiraciones en materia climática. Marie Bjerre, ministra de Asuntos Europeos de Dinamarca Principales elementos del Reglamento En sustitución del umbral actual que exime del MAFC a las mercancías sin valor estimable, las modificaciones establecen un nuevo umbral de masa de minimis por el que las importaciones de hasta 50 toneladas por importador y año no estarán sujetas a las normas del MAFC. Se prevé que la medida exima del MAFC principalmente a las pymes y los particulares que importen cantidades pequeñas o sin valor estimable de mercancías cubiertas por el Reglamento MAFC. Otro cambio importante es que con el Reglamento modificado también se evitará que los importadores sufran perturbaciones a principios de 2026 mientras aguardan su registro en el mecanismo: se autorizarán, bajo ciertas condiciones, las importaciones de mercancías sujetas al MAFC a la espera de que se complete el registro del importador. Además, el Reglamento modificado contiene muchas otras medidas de simplificación para todos los importadores de mercancías sujetas al MAFC , por ejemplo, medidas relativas al procedimiento de autorización, a los procesos de recogida de datos, al cálculo de las emisiones, a las normas de verificación y al cálculo del pasivo financiero de los declarantes autorizados a efectos del MAFC. Por último, el Reglamento modificado contiene adaptaciones de las disposiciones relativas a las sanciones y a las normas con respecto a los representantes aduaneros indirectos . Siguientes etapas El acto legislativo se publicará en el Diario Oficial de la UE en los próximos días y entrará en vigor a los tres días de su publicación. Contexto En octubre de 2024, el Consejo Europeo instó a todas las instituciones, Estados miembros y partes interesadas de la UE a que, con carácter prioritario, llevasen adelante los trabajos, especialmente para dar respuesta a los retos que se señalan en los informes de Enrico Letta («Much more than a market» [Mucho más que un mercado]) y Mario Draghi («The future of European competitiveness» [El futuro de la competitividad europea]). Posteriormente, la Declaración de Budapest, de 8 de noviembre de 2024, pidió iniciar «una revolución de la simplificación», asegurando un marco regulador claro, sencillo e inteligente para las empresas y reduciendo drásticamente las cargas administrativas y reglamentarias y las que conlleva la presentación de información, especialmente para las pymes. El 26 de febrero de 2025, para dar continuación al llamamiento de los dirigentes de la UE, la Comisión presentó dos paquetes ómnibus destinados a simplificar la legislación vigente en los ámbitos de la sostenibilidad y la inversión, respectivamente.
- Potencial Segundo Retraso en el Reglamento contra la Deforestación y la Degradación Forestal (EUDR)
Ayer la Comisión a través de la Comisaria encargada de políticas medioambientales, anunció al Parlamento que la Comisión “está considerando” un segundo retraso de un año (30-12-2026), en la aplicación del Reglamento EUDR . Comunica la Comisión que lo pondrá en conocimiento del ministro danés de “Políticas Medioambientales”, país en el que reside la Presidencia del Consejo hasta finales de este año (31-12-2025) e insta a los tres órganos de decisión a trabajar conjuntamente. La razón argumentada es que el sistema IT para la presentación de Declaraciones de Diligencia Debida en el que la Comisión lleva trabajando más de tres años y a tres meses vista de la fecha de aplicación aplazada del EUDR (31-12-2025, 01-07-2026) aún no está listo. Hay que recordar que el Parlamento aprobó una “Recomendación” en julio de este año pidiendo que se derogara el riesgo asociado a país y que fuese revisado conforme a la revaluación de riesgo en base a los datos pendientes de publicar por la FAO, lo que de facto supondría un retraso de al menos un año en el Reglamento EUDR y que se introdujeran ciertas simplificaciones como la creación de una nueva categoría de “países sin riesgo”. Por otro lado, el Consejo en mayo de este año por medio de una iniciativa lideraba por Austria y Luxemburgo a la que se unieron hasta aquella fecha 11 estados miembros, habían pedido simplificaciones en la gestión del EUDR dada su extrema complejidad. Hay que tener en cuenta, además, que en las negociaciones mantenidas entre la UE y USA por la guerra arancelaria iniciada con el mandato del Sr. Trump y que acabaron con un acuerdo el pasado mes de agosto, se incluían simplificaciones en el EUDR que aún no se han hecho públicas y que dados los tiempos no sería posible aprobar antes de finales de año. De momento es una propuesta de consideración, pero dado el histórico es probable un segundo retraso. Para aquellos importadores que hayan comenzado a adaptar sus cadenas de suministro recientemente es una buena noticia, pues el EUDR requiere largos plazos de implementación con una media de entre 3 a 4-5 meses y sin contar que pudiera darse el caso de que hubiera que buscar nuevas fuentes de aprovisionamiento para aquellos proveedores no conformes EUDR . Más información info@carojaume.com
- Modificación del Reglamento de ejecución del CAU por lo que respecta a la extension de las pruebas de origen en el marco PEM
Modificación del Reglamento de Ejecución (UE) 2015/2447 - extensión de las pruebas de origen Será aplicable a partir del 1 de enero de 2025 entrando en vigor el 20 de septiembre Reglamento de Ejecución (UE) 2025/1728 de la Comisión, de 8 de agosto de 2025, por el que se modifica el Reglamento de Ejecución (UE) 2015/2447 en lo que respecta a los procedimientos de expedición o extensión de las pruebas de origen. El Reglamento de Ejecución (UE) 2015/2447 se modifica como sigue: 1) El artículo 61 se modifica como sigue: a) en el apartado 1 bis, el párrafo segundo se sustituye por el texto siguiente: «Los proveedores especificarán el marco jurídico utilizado para determinar el origen de las mercancías. P ara las declaraciones del proveedor extendidas hasta el 31 de diciembre de 2025, cuando no se especifique dicho marco jurídico, se considerará por defecto que la declaración del proveedor indica que se ha utilizado el Convenio PEM, en su versión original, para determinar el origen de las mercancías.»; b) el texto del apartado 1 ter se sustituye por el texto siguiente: «1 ter. A efectos del comercio entre las Partes Contratantes del Convenio PEM, el exportador podrá utilizar las declaraciones del proveedor como documentos justificativos para solicitar la expedición de un certificado de circulación o extender una declaración de origen de conformidad con las normas de origen del Convenio PEM, en su versión modificada por la Decisión del Comité Mixto n.o 1/2023 (*), cuando las declaraciones del proveedor indiquen el carácter originario de conformidad con las normas de origen del Convenio PEM, en su versión original, relativas a los productos clasificados en los capítulos 1, 3, 16 (en el caso de los productos de la pesca transformados) y 25 a 97 del Sistema Armonizado. El exportador tomará todas las medidas necesarias para garantizar que se cumplen las condiciones para la acumulación y para expedir o extender una prueba de origen con arreglo a un conjunto específico de normas de origen. _____________ (*) Decisión n.o 1/2023 del Comité Mixto establecido por el Convenio regional sobre las normas de origen preferenciales paneuromediterráneas, de 7 de diciembre de 2023, relativa a la modificación del Convenio regional sobre las normas de origen preferenciales paneuromediterráneas (DO L, 2024/390, 19.2.2024, ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2024/390/oj).» . 2) El artículo 62 se modifica como sigue: a) en el apartado 1 bis, el párrafo segundo se sustituye por el texto siguiente: «Los proveedores especificarán el marco jurídico utilizado para determinar el origen de las mercancías. Para las declaraciones del proveedor extendidas hasta el 31 de diciembre de 2025, cuando no se especifique dicho marco jurídico, se considerará por defecto que la declaración del proveedor indica que se ha utilizado el Convenio PEM, en su versión original, para determinar el origen de las mercancías.»; b) el texto del apartado 1 ter se sustituye por el texto siguiente: «1 ter. A efectos del comercio entre las Partes Contratantes del Convenio PEM, el exportador podrá utilizar las declaraciones del proveedor como documentos justificativos para solicitar la expedición de un certificado de circulación o extender una declaración de origen de conformidad con el Convenio PEM, en su versión modificada por la Decisión n.o 1/2023, cuando las declaraciones del proveedor indiquen el carácter originario de conformidad con las normas de origen del Convenio PEM, en su versión original, relativas a los productos clasificados en los capítulos 1, 3, 16 (en el caso de los productos de la pesca transformados) y 25 a 97 del Sistema Armonizado. El exportador tomará todas las medidas necesarias para garantizar que se cumplen las condiciones para la acumulación y para expedir o extender una prueba de origen con arreglo a un conjunto específico de normas de origen.». 3) Los anexos 22-15 y 22-18 quedan modificados con arreglo a lo dispuesto en el anexo del presente Reglamento. Las normas transitorias de 2021 del Convenio PEM, idénticas a las del Convenio PEM revisado dejan de aplicarse en la fecha de entrada en vigor del Convenio PEM revisado : 1 de enero de 2025. La Decisión No 2/2024 del Comité Mixto PEM DOUE 9 – 1 – 2025 / L/2025/17 modifica el Convenio PEM revisado para prorrogar la aplicación del Convenio original durante el año 2025, en paralelo al Convenio PEM revisado, por lo que se e modifica el Reglamento de Ejecución (UE) 2015/2447 para hacer alusión a las normas del Convenio PEM revisado en vez de a las normas transitorias. Supone una cierta ventaja pues las norams del 2023 son mas flexibles que las del 2012. En las declaraciones del proveedor de los los anexos 22-15 a 22-18 del Reglamento de ejecución del CAU, los proveedores deben establecer el marco jurídico utilizado para determinar el origen. Para las declaraciones del proveedor expedidas y válidas hasta el 31-12-2025, cuando no se especifique el marco jurídico, se considerará que el marco jurídico por defecto se refiere al Convenio PEM del 2012 El exportador puede o bien utilizar la declaración del proveedor para solicitar la expedición del EUR 1 o extender una nueva declaración de origen en base al Convenio PEM 2023 cuando las declaraciones indiquen y se basen en el Convenio PEM del 2012 para los productos de los capítulos 1, 3, 16 (pesca) y 25 a 97 (productos industriales). Más información info@carojaume.com
- La UE propone la firma del nuevo Acuerdo modernizado con Méjico y el nuevo Acuerdo con MERCOSUR
La Comisión propone la adopción de los acuerdos Mercosur y México La Comisión Europea ha presentado sus propuestas al Consejo para la firma y celebración del Acuerdo de Asociación UE-Mercosur y del Acuerdo Global Modernizado UE-México. Estos acuerdos históricos forman una parte fundamental de la estrategia de la UE para diversificar sus relaciones comerciales y reforzar los lazos económicos y políticos con socios afines en todo el mundo. Estas asociaciones crearán miles de millones de euros en oportunidades de exportación para empresas de la UE de todos los tamaños, contribuirán al crecimiento económico y la competitividad, apoyarán cientos de miles de puestos de trabajo europeos y promoverán los intereses y valores de la UE. Reforzarán las cadenas de valor y ayudarán a la UE a ampliar su gama de fuentes fiables de insumos y materias primas fundamentales. En un momento de creciente inestabilidad geopolítica, estos acuerdos nos unen más a socios estratégicamente importantes, proporcionando una plataforma compartida para reforzar la confianza mutua y abordar los desafíos mundiales compartidos, incluida la modernización del sistema de comercio mundial basado en normas. Ambos acuerdos reafirman nuestro compromiso conjunto con los derechos humanos, el multilateralismo y la paz y la seguridad internacionales. También reforzarán nuestro compromiso en cuestiones clave como el desarrollo sostenible, la delincuencia organizada transnacional y la migración. La presidenta de la Comisión Europea, Ursula von der Leyen, ha declarado: « «Nuestrosacuerdos con Mercosur y México son hitos importantes para el futuro económico de la UE. Continuamos diversificando nuestro comercio, fomentando nuevas asociaciones y creando nuevas oportunidades de negocio. Las empresas de la UE y el sector agroalimentario de la UE aprovecharán inmediatamente los beneficios de unos aranceles y unos costes más bajos, contribuyendo así al crecimiento económico y a la creación de empleo. La UE ya es el mayor bloque comercial del mundo, y estos acuerdos consolidarán esta posición». Oportunidades sin precedentes de exportación e inversión de la UE al Mercosur El acuerdo con Argentina, Brasil, Paraguay y Uruguay (Acuerdo de Asociación UE-Mercosur) creará la mayor zona de libre comercio del mundo, que abarcará un mercado de más de 700 millones de consumidores. Las empresas de la UE disfrutarán de la ventaja de ser pioneras, beneficiándose de aranceles más bajos en una región en la que la mayoría de los demás países se enfrentan a aranceles elevados y otros obstáculos al comercio. Se estima que el acuerdo puede aumentar las exportaciones anuales de la UE al Mercosur hasta en un 39 % (49 000 millones EUR) apoyando más de 440 000 puestos de trabajo en toda Europa. Reducirá los derechos a menudo prohibitivos del Mercosur para las exportaciones de la UE, incluidos los productos industriales clave, como los automóviles (actualmente el 35 %), la maquinaria (14-20 %) y los productos farmacéuticos (hasta el 14 %). El acuerdo facilitará que las empresas de la UE inviertan en cadenas de suministro clave, también para materias primas fundamentales y bienes relacionados, todo ello con un alto nivel de protección medioambiental y laboral. Esto puede desempeñar un papel fundamental en el avance de las transformaciones económicas ecológicas y digitales de ambas regiones, garantizando al mismo tiempo cadenas de suministro predecibles y estables. Nuevas oportunidades para las exportaciones de alimentos, sólidas defensas para los agricultores de la UE. Se espera que las exportaciones agroalimentarias de la UE al Mercosur crezcan casi un 50 %, ya que el acuerdo reduce los elevados aranceles sobre productos agroalimentarios clave de la UE, en particular el vino y las bebidas espirituosas (hasta un 35 %), el chocolate (20 %) y el aceite de oliva (10 %). El acuerdo también apoyará el crecimiento de las exportaciones de productos agroalimentarios tradicionales de alta calidad de la UE. También pondrá fin a la competencia desleal de los productos del Mercosur que imitan los productos auténticos de la UE mediante la protección de 344 indicaciones geográficas de la UE. El acuerdo ofrece una protección plena y completa de todas las sensibilidades de la UE en el sector agrícola. En primer lugar, limita las importaciones agroalimentarias preferenciales del Mercosur a una fracción de la producción de la UE (por ejemplo, el 1,5 % para la carne de vacuno y el 1,3 % para las aves de corral). En segundo lugar, establece salvaguardias sólidas que protegen los productos europeos sensibles contra cualquier aumento perjudicial de las importaciones procedentes del Mercosur. En este sentido, la Comisión propone completar el acuerdo con un acto jurídico que ponga en práctica el capítulo de salvaguardias bilaterales de la APEM. Este acto, que será adoptado por el Parlamento Europeo y el Consejo, tiene por objeto, en particular, proteger los sectores agrícolas cruciales y más sensibles de la UE, reconociendo las preocupaciones de los agricultores europeos. La Comisión abordará la cuestión con los países del Mercosur con vistas a garantizar una aplicación fluida del Acuerdo. La Comisión avanzará con una serie de iniciativas complementarias, incluidas medidas para la posible armonización de las normas de producción en materia de plaguicidas y bienestar animal aplicables a los productos importados. En consonancia con la Visión para la Agricultura y la Alimentación, la Comisión pondrá en marcha en breve evaluaciones de impacto sobre estas cuestiones. La EMPA no modifica ningún requisito de importación sanitario y fitosanitario (SPS) de la UE. Nuestras normas de salud y seguridad alimentaria seguirán aplicándose a todos los productos del mercado de la UE, tanto si se producen aquí como si se importan. En consonancia con la ambición establecida en la Visión para la Agricultura y la Alimentación, la Comisión también está intensificando los controles sanitarios y fitosanitarios de las importaciones aumentando el número de auditorías y controles en terceros países y reforzando los controles sobre el terreno. Por último, la propuesta de política agrícola común (PAC) después de 2027 incluye un presupuesto delimitado de al menos 300 000 millones de euros para la ayuda a la renta, lo que garantiza que los agricultores de la UE sigan recibiendo ingresos sólidos y estables. La Comisión también está introduciendo la nueva Red de Seguridad Unitaria para medidas de crisis, con una capacidad total de 6 300 millones de euros, duplicando efectivamente la reserva agrícola actual. Este apoyo reforzado ayudará a proteger a nuestros agricultores en tiempos de perturbaciones del mercado y crecientes incertidumbres geopolíticas. Apertura del mercado mexicano a las exportaciones de la UE El nuevo acuerdo apoyará aún más el crecimiento económico e impulsará la competitividad de ambas partes. México es uno de los socios comerciales más antiguos de la UE y el segundo mayor socio comercial de América Latina, con el acuerdo original que se remonta al año 2000. La UE exporta más de 70 000 millones de euros en bienes y servicios a México cada año en el marco del acuerdo comercial existente, lo que respalda más de 630 000 puestos de trabajo en la UE. México es un país importador neto de alimentos, por lo que el acuerdo beneficiará en gran medida a los exportadores agrícolas de la UE. El acuerdo modernizado UE-México eliminará los aranceles prohibitivos restantes sobre las exportaciones agroalimentarias de la UE a México, como el queso, las aves de corral, la carne de cerdo, la pasta, las manzanas, las mermeladas, así como el chocolate y el vino. La eliminación de estos aranceles, que actualmente ascienden al 100 % en determinadas exportaciones de la UE, hará que los productos agrícolas de la UE sean mucho más competitivos en México. Además, unos procedimientos más sencillos harán que sea más rápido y más barato para los exportadores agroalimentarios vender su producto en el mercado mexicano. El acuerdo también amplía la protección contra la imitación a 568 productos europeos icónicos tradicionales de alta calidad (indicaciones geográficas). El acuerdo modernizado proporcionará un acceso de importancia crucial a materias primas fundamentales, beneficiando así a industrias estratégicas en Europa, siendo México uno de los principales proveedores de fluorita (utilizada en una amplia variedad de procesos químicos, siderúrgicos y cerámicos), bismuto (utilizado para productos farmacéuticos y cosméticos) y antimonio (utilizado, por ejemplo, retardante de llama, baterías de plomo-ácido, vidrio y cerámica). El acuerdo modernizado reforzará el compromiso en materia de desarrollo sostenible, delincuencia, migración e igualdad de género. Promueve y protege los derechos humanos, el multilateralismo y la seguridad, y facilita la cooperación estratégica en cuestiones clave como la reducción del riesgo de las cadenas de suministro, la seguridad de las materias primas fundamentales y la lucha contra el cambio climático. Próximos pasos La APEM y la AMG requieren la aprobación por separado del Parlamento Europeo y de los Estados miembros antes de que cada uno de ellos pueda entrar en vigor. Las propuestas de celebración y firma de la Comisión incluyen dos instrumentos jurídicos paralelos para cada acuerdo: el Acuerdo de Asociación UE-Mercosur (AEMP) y el Acuerdo Global Modernizado UE-México, sujetos a ratificación por separado por todos los Estados miembros; y dos Acuerdos Comerciales Provisionales (ACI), uno para Mercosur y otro para México, que cubren solo las partes de la APEM y la AMG que son competencia exclusiva de la UE, que se adoptarán a través del proceso de ratificación exclusivo de la UE, es decir, con la participación del Parlamento Europeo y el Consejo de la UE. Las iTA expirarán cuando entren en vigor la EMPA y la MGA. Para más información Acuerdo de Asociación UE-Mercosur Relaciones comerciales UE-Mercosur Enfoque del Acuerdo UE-Mercosur Preguntas y respuestas Salvaguardia bilateral Fichas informativas Ficha informativa sobre los principales datos del acuerdo Ficha informativa sobre la agricultura Ficha informativa sobre seguridad alimentaria Ficha informativa sobre el desarrollo sostenible Ficha informativa sobre las materias primas fundamentales Ficha informativa sobre los servicios Ficha informativa sobre hechos y cifras Fichas informativas sobre las prestaciones a los Estados miembros de la UE Acuerdo Global Modernizado UE-México Relaciones comerciales UE-México Enfoque del Acuerdo UE-México Preguntas y respuestas Fichas informativas: Ficha informativa sobre las prestaciones generales Ficha informativa sobre los principales datos comerciales ( Infografía) Ficha informativa sobre la agricultura Ficha informativa sobre las materias primas fundamentales Ficha informativa sobre sostenibilidad
- 🇺🇸 Guerra comercial de EEUU: UE y USA llegan a un acuerdo (21-08-2025)
Ruptura con los Acuerdos firmados en el seno de la OMC (Most Favoured Nation) Liberation Day: "Reciprocal Tariffs" en el comercio de bienes a partir del 05-04-2024 Las políticas arancelarias han tenido un fuerte impacto económico en las principales multinacionales, que han perdido hasta 34.000 millones de dólares desde la entrada en vigor de los nuevos aranceles. Sectores como el automovilístico, aerolíneas y consumo han sido los más perjudicados, llevando a compañías como Apple, American Airlines y Ford a suspender sus previsiones financieras para 2025. 21-08-2025 Joint Statement on a United States-European Union framework on an agreement on reciprocal, fair and balanced trade La UE y EE. UU. formalizan su “acuerdo comercial” mediante una declaración conjunta- Se mantiene el arancel del 10% con excepciones por ejemplo el acero sujeto al 25%. Reconociendo que la producción de las materias primas pertinentes dentro del territorio de los Estados Unidos representa un riesgo insignificante para la deforestación mundial, la Unión Europea se compromete a trabajar para abordar las preocupaciones de los productores y exportadores estadounidenses en relación con el Reglamento de la UE sobre Deforestación, con el objetivo de evitar un impacto indebido en el comercio entre la UE y EE. UU. Tomando nota de las preocupaciones de Estados Unidos en relación con el trato a las pequeñas y medianas empresas estadounidenses en el marco del Mecanismo de Ajuste en Frontera por Carbono (CBAM), la Comisión Europea, además del reciente acuerdo sobre el aumento de la excepción de minimis, se compromete a trabajar para ofrecer mayores flexibilidades en la aplicación del CBAM. Aspectos principales Compromisos arancelarios : La UE suprimirá los aranceles sobre bienes industriales estadounidenses y ofrecerá acceso preferente a determinados productos agrícolas y pesqueros. EE. UU. aplicará aranceles de la cláusula de la nación más favorecida (NMF) con el 10% o un tope máximo del 15 % a los productos europeos, con exenciones para aeronaves y componentes, fármacos genéricos y sus ingredientes/precusores, así como recursos naturales críticos. Posibilidad de cuotas arancelarias para acero, aluminio y derivados. Ajustes de la Sección 232 : Los aranceles estadounidenses sobre automóviles y piezas europeas, semiconductores, productos farmacéuticos y otros bienes sujetos a la Sección 232 se alinearán con la NMF o el límite máximo del 15 %. Reglas de origen : Se negociarán para asegurar que los beneficios recaigan tanto en EE. UU. como en la UE. Cooperación en energía y tecnología : La UE adquirirá 750.000 millones de dólares en productos energéticos de EE. UU. Se compromete a importar 40.000 millones de dólares en chips de IA. Estándares de seguridad tecnológica armonizados. Inversión y defensa : La UE invertirá 600.000 millones de dólares en sectores estratégicos estadounidenses. Aumentará las compras de equipamiento militar de EE. UU. Normas y alineación regulatoria : Reconocimiento mutuo de estándares, reducción de barreras no arancelarias y procedimientos regulatorios simplificados para CBAM, CSDDD y comercio digital. Sostenibilidad comercial y derechos laborales : Cooperación en materia de deforestación, derechos de los trabajadores y erradicación del trabajo forzoso. Seguridad económica y cadenas de suministro : Acciones conjuntas en minerales críticos, competencia desleal, revisión de inversiones, controles a la exportación y lucha contra la evasión arancelaria. Próximos pasos El acuerdo será documentado y aplicado conforme a los procedimientos internos de ambas partes 27-07-2025 (8.30 pm) USA y la UE alcanzan un acuerdo no materializado formalmente para un arancel del 15% a los productos europeos. Los aranceles del acero y el aluminio permanecen. Se establece un arancel del 0% para ciertos productos como aeronaves y componentes, ciertos químicos, semiconductores, ciertos productos agrícolas o minerales críticos entre otros. Statement by President von der Leyen on the deal on tariffs and trade with the United States 27-07-2025. Fuente "Politico" El presidente de Estados Unidos, Donald Trump , dijo el domingo que espera alcanzar un acuerdo comercial con la Unión Europea , aunque aún considera que las probabilidades son del 50-50 . Trump hizo estas declaraciones mientras recibía a la presidenta de la Comisión Europea, Ursula von der Leyen , en su campo de golf de Turnberry , en Escocia. “Ambas partes quieren ver justicia”, dijo Trump. “Con suerte, resolveremos algunos asuntos.” Más tarde añadió que, si se logra un acuerdo, eso sería “ el final del asunto ” durante varios años. Las conversaciones se producen tras un impasse de dos semanas desencadenado por Trump, quien, en una carta dirigida a von der Leyen, amenazó con elevar los aranceles a la mayoría de los productos de la UE hasta un 30 % si no se alcanzaba un acuerdo antes del 1 de agosto . Como primer indicio de que se vislumbraba un posible avance, von der Leyen anunció el viernes que volaría para reunirse con Trump en Escocia , donde el presidente estadounidense se encontraba en una visita privada . The two leaders then headed into a bilateral meeting. “We have a good chance of getting it resolved. We probably should know in about an hour,” said Trump. Von der Leyen was due to brief the European press later but no further joint press appearance was planned for Sunday. Politico 24-07-2025 El Reglamento de Ejecución (UE) 2025/1564 , adoptado por la Comisión Europea el 24 de julio de 2025, establece un nuevo marco de medidas de reequilibrio comercial frente a determinadas restricciones impuestas por los Estados Unidos a las exportaciones europeas, particularmente en sectores del acero y el aluminio . Estas medidas consisten, principalmente, en la imposición de aranceles adicionales a productos originarios de EE.UU. como respuesta a las salvaguardias estadounidenses , consideradas incompatibles con las normas de la Organización Mundial del Comercio (OMC). Este reglamento sustituye y deroga varias normativas anteriores que regulaban medidas similares, concretamente los Reglamentos de Ejecución (UE) 2018/724 , 2018/886 , 2020/502 y 2025/778 , con el objetivo de consolidar el marco jurídico aplicable y adaptarlo al contexto actual de las relaciones comerciales transatlánticas. Contenido principal del reglamento: Imposición de aranceles adicionales sobre determinados productos importados desde EE.UU., en respuesta proporcional a las restricciones comerciales impuestas por ese país a las exportaciones europeas. Estos derechos adicionales varían según el producto, e incluyen tarifas del 10 %, 20 %, 25 %, 7 % y 4,4 % , dependiendo del grupo de bienes afectados. Las medidas entran en vigor a partir del 7 de agosto de 2025 . Los productos seleccionados son aquellos cuya importación no resulta esencial para la economía de la UE, y cuya sustitución es factible sin generar distorsiones internas. Asimismo, se ha tenido en cuenta que los productos europeos afectados por las medidas estadounidenses no dependan críticamente del mercado de EE.UU. Sectores y categorías de productos afectados Industriales : Acero, aluminio, maquinaria, productos electrónicos De consumo : Vehículos, ropa, muebles, juguetes Agrícolas y alimentarios : Carne, productos lácteos, cereales, aceites, alimentos procesados Materias primas : Productos químicos, plásticos, caucho, madera El equipo militar y ciertos productos enumerados en los Anexos VII, X y XIII están exentos . 25-07-2025 La UE publica el R eglamento de ejecución 2025/1564 DE LA COMISIÓN de 24 julio 2025 sobre medidas de reequilibrio comercial relativas a determinados productos originarios de los Estados Unidos de América y determinados productos exportados de la Unión a los Estados Unidos de América. El Reglamento entra en vigor el día siguiente a su publicación en el Diario Oficial de la UE. 15-07-2025 La UE pospone la reintroducción de aranceles a productos estadounidenses hasta el 6 de agosto de 2025, tras el retraso de EE. UU. al 1 de agosto ( Reglamento de Ejecución (UE) 2025/1446 de la Comisión ) El 12 de julio el presidente estadounidense Trump anunció aranceles del 30% a la UE y México, los cuales ahora entrarán en vigor el 1 de agosto. El 15 de abril de 2025, la Comisión Europea formalizó una suspensión de 90 días de los aranceles adicionales a ciertos productos de origen estadounidense. Estas medidas formaban parte de la estrategia más amplia de reequilibrio de la UE en respuesta a los aranceles estadounidenses de la Sección 232 sobre el acero y el aluminio. La suspensión, que originalmente iba a expirar el 15 de julio de 2025, tenía como objetivo brindar una oportunidad para el diálogo y la posible resolución de la disputa comercial. Statement by President von der Leyen on EU-U.S. trade We take note of the letter sent by U.S. President Trump outlining a revised tariff rate and a new timeline. Imposing 30 percent tariffs on EU exports would disrupt essential transatlantic supply chains, to the detriment of businesses, consumers and patients on both sides of the Atlantic. Few economies in the world match the European Union's level of openness and adherence to fair trading practices. The EU has consistently prioritized a negotiated solution with the U.S., reflecting our commitment to dialogue, stability, and a constructive transatlantic partnership. We remain ready to continue working towards an agreement by August 1. At the same time, we will take all necessary steps to safeguard EU interests, including the adoption of proportionate countermeasures if required. Meanwhile, we continue to deepen our global partnerships, firmly anchored in the principles of rules-based international trade. 15-07-2025 El 11 de julio de 2025, la Casa Blanca anunció mediante una carta publicada en sus redes sociales que a partir del 1 de agosto de 2025 Estados Unidos impondrá un arancel adicional del 30 % a los bienes mexicanos y de la Unión Europea . En respuesta, el 12 de julio de 2025, las Secretarías de Economía y Relaciones Exteriores publicaron un comunicado conjunto mediante el que informaron que una delegación mexicana de funcionarios de las Secretarías de Economía, Relaciones Exteriores, Hacienda, Seguridad Pública y Energía se reunió en Washington con funcionarios de los Estados Unidos, donde el Gobierno de EE.UU. les informó sobre la imposición del nuevo arancel. Mexico no ha anunciado sobre la imposición de alguna medida de represalia y en vez de ello, el Secretario Ebrard indicó que México continuará negociando con el gobierno de EE.UU. para encontrar alternativas de solución. 07-07-2025 Trump advierte sobre nuevos aranceles del 25–40 % a diferentes países si no se firman acuerdos antes del 1 de agosto : Los siguientes países están afectados por aranceles generales sobre todos los bienes, aparte de los aranceles sectoriales ya existentes: 🇯🇵 Japón (25%) 🇰🇷 Corea (25%) 🇲🇾 Malasia (25%) 🇰🇿 Kazakhstan (25%) 🇿🇦 Sudáfrica (30%) 🇱🇦 Laos (40%) 🇲🇲 Myamar (40%) Los bienes transportados de forma fraudulenta para evadir un arancel más alto estarán sujetos a ese arancel más alto. Se confirmaron aranceles del 25 % a las importaciones de para Japón y Corea del Sur, efectivos a partir del 1 de agosto Extensión de plazo de negociación : Originalmente previsto para el 9 de julio , el plazo se amplia al 1 de agosto , permitiendo más tiempo para buscar acuerdos, incluido la UE. CHINA 11-06-2025 Resumen del acuerdo anunciado hoy (11 de junio de 2025) Tras dos intensas jornadas de negociación en Londres, EE. UU. y China han alcanzado un acuerdo marco preliminar para implementar el pacto anunciado en Ginebra el mes pasado. Aranceles actuales Estados Unidos: mantendrá un arancel efectivo del 55 % sobre productos chinos, que suma un arancel base del 10 %, más un 20 % adicional por temas como el fentanilo, y un 25 % proveniente de medidas anteriores China: aplicará un arancel del 10 % a productos estadounidenses Minerales críticos y tierras raras China se compromete a reactivar y acelerar las exportaciones de tierras raras e imanes hacia EE. UU., incluyendo envíos anticipados Visados de estudiantes EE. UU. permitirá la entrada de estudiantes chinos , revirtiendo medidas previas Próximos pasos El acuerdo debe ser ratificado por Trump y Xi antes de su implementación. No se han publicado los textos oficiales, por lo que faltan detalles concretos. ¿Qué significa esto? Reanudación controlada del flujo de minerales clave para sectores como defensa, automoción y energías renovables. Relajación parcial de restricciones tecnológicas por parte de EE. UU., como ciertos controles de exportación. Equilibrio arancelario : aunque las tasas siguen siendo altas (55 % vs. 10 %), son menos extremas que el pico anterior (hasta 145 %) 04-06-2025 El arancel del 50% sobre el acero y el aluminio (HSC 73 y 76) se hace efectivo para todos los países excepto para UK con el que ha firmado un Acuerdo Comercial. A ntes de esta proclamación, los artículos derivados de aluminio y acero que no entraban dentro de los capítulos 73 y 76 del US HSC y que incluían contenido distinto del aluminio y/o del acero sólo estaban sujetos a los derechos de la Sección 232 basados en el valor porcentual del contenido de aluminio y/o acero. Por ejemplo, si el contenido de acero del artículo derivado sólo representaba el 20% del valor, los derechos de la Sección 232 sólo se aplicaban al 20% del valor del artículo. La proclamación amplía esta excepción de contenido para incluir los artículos derivados incluidos en los capítulos 73 y 76 del US HSC. Estos productos no están sujetos a los aranceles recíprocos. 31-05-2025 Trump anuncia en la red Truth un incremento de los aranceles para el acero y el aluminio del 25 al 50% . La medida, que entrará en vigor el 4 de junio, busca proteger la industria siderúrgica nacional y fue comunicada durante un mitin en la fábrica U.S. Steel (Pittsburgh, Pensilvania) y posteriormente comentada en la red social: "It is my great honor to raise the Tariffs on steel and aluminum from 25% to 50%, effective Wednesday, June 4th. Our steel and aluminum industries are coming back like never before. This will be yet another BIG jolt of great news for our wonderful steel and aluminum workers. MAKE AMERICA GREAT AGAIN!" 30-05-2025 U n tribunal de apelaciones de Washington restablece provisionalmente los aranceles del 10% a la espera de un mayor análisis. 29-05-2025 El Tribunal de Comercio Internacional de EEUU (CIT), declara los aranceles recíprocos de la Administración Trump "ilegales" en base a entre otros, a que la competencia de regular el comercio recae en el Congreso (violación de la separación de poderes). El Tribunal dictamina que los siguientes aranceles deben suspenderse en 10 días: Aranceles por fentanilo sobre productos de China, impuestos en febrero de 2025 y aumentados al 20% en marzo de 2025, lo cual incluye la revocación de la exención de minimis. Aranceles por fentanilo sobre productos de México y Canadá del 25%, excepto para (1) recursos energéticos y potasa, que están sujetos a aranceles del 10%, y (2) artículos originarios del Tratado USMCA origen USA (ver detalle abajo). Aranceles recíprocos base del 10% sobre todos los productos de todos los países incluido UE , excepto Canadá y México (para los cuales ciertas tarifas específicas por país han sido suspendidas hasta el 9 de julio, excepto en el caso de China, cuya tarifa específica por país fue recientemente suspendida hasta el 12 de agosto). 24-05-2025 Donald Trump anuncia en la red Truth un arancel del 50% para la UE desde el 01-06-2025, pospuesto el 26-05-2025 al 09-07-2025, pospuesto de nuevo el 07-07-2025 a agosto de 2025. La próxima ronda de negociaciones está programada para el 5 de junio en París, con la participación del negociador comercial de la UE, Maroš Šefčovič, y el representante comercial de EE. UU., Jamieson Greer. Si no se alcanza un acuerdo antes del 14 de julio, la UE implementará contramedidas, lo que podría desencadenar una escalada en las tensiones comerciales transatlánticas. 12-05-2025 USA y China llegan a un acuerdo comercial . Se espera que los detalles se hagan públicos en breve “I’m happy to report that we made substantial progress between the United States and China in the very important trade talks. First, I want to thank our Swiss host. The Swiss government has been very kind in providing us this wonderful venue, and I think that led to a great deal of productivity we’ve seen. We will be giving details tomorrow, but I can tell you that the talks were productive. We had the vice premier, two vice ministers, who were integrally involved, Ambassador Jamieson, and myself. And I spoke to President Trump, as did Ambassador Jamieson, last night, and he is fully informed of what is going on. So, there will be a complete briefing tomorrow morning". 08-05-2025 USA e UK llegan a un acuerdo de comercial con un arancel reciproco del 10%. y un arancel del 25% para el acero y aluminio 08-05-2025 El Gobierno de España publica el Real Decreto Ley 4/2025 , de 8 de abril, de medidas urgentes de respuesta a la amenaza arancelaria y de relanzamiento comercial. 08-05-2025 USA suspende temporalmente durante 90 días los aranceles adicionales pero manteniendo el arancel base adicional del 10% para todos los países incluido la UE: Liberation day Arancel adicional base del 10% Arancel incrementado para algunos países Medidas de represalias de la UE: En reacción a estas medidas, la Comisión Europea ha anunciado contramedidas por valor de hasta 26.000 millones de euros. Estas incluyen aranceles a productos emblemáticos estadounidenses como motocicletas Harley-Davidson, bourbon y productos agrícolas. La UE ha expresado su disposición a negociar, pero ha dejado claro que actuará para proteger a sus empresas y consumidores. Listado de productos potencialmente sujetos a aranceles adicionales - Acero y aluminio - Comunicado de la Comisión - Productos origen USA potencialmente sujetos a medidas adicionales (Reglamento 2025/778 de 14 de abril): La Unión aplicará los siguientes derechos de aduana adicionales sobre las importaciones en la Unión de productos originarios de los Estados Unidos de América: Un derecho ad valorem adicional a un tipo del 25 % sobre las importaciones de los productos enumerados y especificados en el anexo II, a partir del 16 de mayo de 2025 Un derecho ad valorem adicional a un tipo del 25 % sobre las importaciones de los productos enumerados y especificados en el anexo III, a partir del 16 de mayo de 2025 Un derecho ad valorem adicional a un tipo del 25 % sobre las importaciones de los productos enumerados y especificados en el anexo IV, a partir del 1 de diciembre de 2025 Supuestos excluido s del arancel recíproco adicional pero sujetos a otras medidas arancelarias suplementarias: 1.- Acero y Aluminio 25% ad valorem de arancel adicional erga omnes ( 10-02-2025 ) : los aranceles recíprocos adicionales, no son de aplicación a ciertos productos de acero del capítulo 72 y 73 ni al aluminio del capítulo 76, ya sujetos a aranceles adicionales ad valorem del 25% en el caso del acero y elevándose del 10% al 25% para el aluminio, bajo la reinstaurada Sección 232 de 2018 "Proclamation 9704 y 9705 " ( FAQ S 232 USCBP ). ---> Propuesta subida al 50% desde el 4 de junio 2.- Automóviles y partes 25% ad valorem de arancel adicional ( 26-03-2025 ) : tampoco son de aplicación a los automóviles turismo o camiones ligeros y ciertas partes de automóviles que están sujetos a aranceles del 25 %. En el caso de Méjico y Canadá, el arancel del 25% solo aplicará a los componentes no originarios de USA y esto aunque el producto terminado califique como originario de Méjico o Canadá en el marco del T-MEC. 3.- Petróleo crudo o refinado de Venezuela 25% ad valorem de arancel adicional ( 4-03-2025 ) Exclusiones: Quedan excluidas las importaciones de bajo valor dentro de la regla de minimis, salvo China a partir del 02-05-2025. Queda excluido las importaciones de bienes con origen Canadá y Méjico en el marco del Acuerdo USMCA o también llamado T-MEC. Fuera del Acuerdo USMCA el arancel aplicable es del 10%. Quedan excluidos los bienes importados que sean objeto de investigaciones, medicamentos y otros productos farmacéuticos, semiconductores, cobre y derivados de cobre, ciertos artículos de madera, determinados minerales considerados críticos y la energía. Histórico de la guerra comercial USA (IEPPA: International Emergency Economic Powers Act) El arancel adicional erga omnes del 10% se aplica a partir del 05-04-2025. Se establecen aranceles adicionales más altos para los países con los que EEUU mantiene déficit comercial ( f órmula de cálculo del arancel en base al déficit) que serán de aplicación a partir del 09-04-2024. Los aranceles son aplicables con independencia de la existencia de un FTA. USA-CHINA USA confirma el 08-04-2025 que a partir del 09-04-2025, el arancel del 34% a China, se incrementa al 104% . China responde el 09-04-2025 con un arancel del 84%. El 09-04-2024 el Sr. Trump anuncia de manera informal que eleva el arancel para China del 104% al 125% y el 10-04-2025 al 145% excepto ciertos productos electrónicos tales como móviles, ordenadores, discos duros, monitores o microchips. USA-UE La Comisión de la UE aprueba contramedidas del 25% por un valor de 21 mil millones de EUR el 09-04-2025 para ciertos productos como calzado, textiles y ciertos alimentos origen USA aplicables a partir del 15-04-2025 (aprobado por Reglamento de ejecución 2025/786 ), aunque apuesta por la negociación. Ante el anuncio de USA de suspensión de 90 días, la UE suspende también las medidas aprobadas el 09-04-2025 durante 90 días y se abre al diálogo. Aprobado REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2025/786 DE LA COMISIÓN de 14 de abril de 2025 por el que se suspenden determinadas medidas de reequilibrio comercial relativas a determinados productos originarios de los Estados Unidos impuestas por el Reglamento de Ejecución (UE) 2025/778 y por el que se modifica el Reglamento de Ejecución (UE) 2023/288 2. Pospuesto a Julio 2025. USA Trade Representative señala en la red social "X" el Reglamento EUDR contra la Deforestación (5) y el Mecanismo de Ajuste en Frontera por Carbono (CBAM) de la UE (6) ,en el top 5 y 6 sobre 10, de prácticas comerciales injustas a nivel mundial contra Estados Unidos. Para más información: info@carojaume.com
- H1: nuevas declaraciones de importación en octubre de 2025
Guia AEAT La puesta en marcha del nuevo sistema de importación H1 , que será obligatorio a partir del 14 de octubre de 2025 , marca un cambio significativo en la forma de realizar las declaraciones de importación. Este sistema incorpora a dichas declaraciones los requisitos previstos en el Código Aduanero de la Unión (CAU) y en su normativa de desarrollo. Entre otros aspectos, abarca la gestión de las declaraciones simplificadas, el uso del procedimiento simplificado de Inscripción en los Registros del Declarante (EIR) , la posibilidad de presentar pre-declaraciones , así como las declaraciones vinculadas al Despacho Centralizado Europeo de importación (CCI) . El H1 continúa la misma línea de los sistemas AES y NCTS5 , e introduce un cambio profundo en la filosofía de las declaraciones de importación. Esta transformación se refleja, por ejemplo, en los siguientes puntos: Guías técnicas de importación de la AEAT : adquieren un papel esencial para comprender el funcionamiento del sistema. Su importancia se equipara a la actual Resolución del DUA , en la que se detalla cómo cumplimentar la declaración/mensaje bajo el sistema preCAU. Listados de tablas de códigos de la AEAT : se convierten en una herramienta clave tanto para declarar correctamente la información como para interpretar posibles errores. Estructura de datos : se abandona el modelo basado en casillas del sistema preCAU y se pasa a una organización en grupos y elementos de datos . Inscripción en los Registros del Declarante (EIR) El nuevo sistema de importación implica cambios que afectan al contenido de la autorización de la que debe disponer el operador para poder realizar declaraciones EIR. EL EIR permite a los operadores gestionar las operaciones de la siguiente manera: Asiento contable : los registros deben contener los daos correspondientes a una declaración, normal o simplificada previamente autorizada Mensaje I2 : notificación de presentación de las mercancías (I2), salvo que el operador disponga de dispensa. Declaración complementaria : en el plazo previsto en la autorización será necesario informar a la aduana el H1 de la declaración complementaria para completar el despacho de la mercancía. Las principales novedades: Mensaje I2 Declaración complementaria















