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Nueva Normativa F-Gas
Importación y exportación de gases fluorados Eliminación progresiva
Sistemas RAP en 2028

REGLAMENTO (UE) 2024/573 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 7 de febrero de 2024 sobre los gases fluorados de efecto invernadero, por el que se modifica la Directiva (UE) 2019/1937, y se deroga el Reglamento (UE) n.o 517/2014
REGLAMENTO (UE) 2024/590 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 7 de febrero de 2024 sobre las sustancias que agotan la capa de ozono, y por el que se deroga el Reglamento (CE) n.o 1005/2009
Introducción
El Reglamento F-Gas entró en vigor en 2024 en linea con el objetivo fijado por la UE de cero emisiones en 2050, teniendo como objetivo la eliminación gradual el uso de los Gases Fluorados de Efecto Invernadero (GFEI), con diferentes fechas límites dependiendo del gas y el producto, la última de ellas en 2035., fija nuevos requisitos de etiquetado o la asignación de la cuota a 3 EUR/tn de CO2e desde enero de 2025.
Los aparatos de refrigeración y congelación, aire acondicionado, sistemas anti incendios junto con los aerosoles incluidos los de los medicamentos, son los productos más afectados
Se establece un sistema de Licencias para la importación y exportación
Se establece un sistema de cuotas para la importación
La normativa prohibe la producción, uso o introducción en el mercado, incluida la importación, de determinados GFEI o de determinadas mercancías que los contengan o usen, así por ejemplo se prohibe a importación de frigoríficos y congeladores domésticos a partir de enero de 2026, o de frigoríficos de uso comercial con ciertos GFEI con un PCG igual o superior a 150 a partir de enero de 2025, ciertos aparatos de aire acondicionado y bombas de calor autónomos a partir de enero de 2027, ciertos aerosoles técnicos a partir de enero de 2030 etc.
Se prohiben determinadas sustancias que agotan la capa de ozono con carácter inmediato, tales como el triclorofluorometano, el heptaclorofluoropropano o el Bromotrifluorometano. Sin embargo se establecen excepciones bajo ciertas condiciones.
Los ingresos con un límite de 3 millones de EUR servirán para el mantenimiento del sistema y el resto, formarán parte de los recursos propios de la UE.
GFEI y productos sujetos a la nueva regulación
1.- GFEI en scope.
2.- Los productos y aparatos, incluidas sus partes, que contengan tales GFEI
2.- O cuyo funcionamiento dependa de los GFEI en scope.

Operadores afectados
Productores
Importadores
Exportadores
Instalaciones
Transportistas
Almacenistas
¿Cómo podemos ayudar?
¿Necesita importar o exportar GFEI o aparatos
que contengan GFEI?
Obtención de Licencias a la importación y exportación
Presentación de las Declaraciones informativas pertinentes
Análisis de obligaciones F-Gas para importadores y exportadores
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