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UE: Nuevas medidas para acabar con el fraude en IVA intra-UE

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    CCJ
  • 26 may 2018
  • 4 Min. de lectura

Actualizado: 24 mar 2020


Comisión Europea - Comunicado de prensa


Equidad tributaria: la Comisión propone medidas técnicas definitivas para crear un futuro sistema del IVA de la UE a prueba de fraudes


Bruselas, 25 de mayo de 2018


La Comisión ha propuesto hoy modificaciones técnicas detalladas de las normas de la UE relativas al impuesto sobre el valor añadido (IVA) que complementan su reciente propuesta de reforma del sistema para hacerlo más resiliente al fraude


El conjunto de medidas de hoy modifica sustancialmente las normas relativas al IVA y facilitará las actividades de las empresas en toda la Unión, poniendo fin a 25 años de sistema transitorio del IVA en el mercado único.

El pasado mes de octubre, la Comisión propuso los principios fundamentales para la creación de un territorio único de aplicación del IVA en la UE, lo que contribuirá a atajar el fraude por un importe estimado de 50 000 millones de euros que afecta actualmente a los presupuestos nacionales de los Estados miembros de la UE cada año. Mediante tales medidas, la Comisión espera que los Estados miembros reactiven el debate sobre los grandes principios fundamentales de un sistema definitivo del IVA de la UE más simple y a prueba de fraudes para el comercio de mercancías dentro de la UE.



Principales elementos de la propuesta


Llevar a la práctica los principios fundamentales del sistema definitivo del IVA exige cambios importantes en la Directiva del IVA. De los 408 artículos de la Directiva sobre el IVA, alrededor de 200 tendrán que adaptarse a fin de conseguir los siguientes beneficios para las empresas y los presupuestos nacionales


Simplificación de la manera en que se gravan los productos


En el actual sistema del IVA, el comercio de mercancías entre empresas se divide en dos operaciones: una venta exenta del IVA en el Estado miembro de origen y una adquisición gravada en el Estado miembro de destino. La propuesta de hoy pone fin a esta división artificial de una única operación comercial. Una vez acordadas, las modificaciones contenidas en la normativa sobre el IVA definirán el comercio transfronterizo de mercancías como una «única operación gravada», lo que garantizará que los productos sean gravados en el Estado miembro en el que termine el transporte de los bienes, como debe ser. El fraude del IVA disminuirá radicalmente.


Un portal único en línea («ventanilla única») para los comerciantes


Para que el cambio de normas del IVA sea lo más fluido posible para las empresas, las modificaciones aprobadas hoy introducirán las disposiciones necesarias para poner en marcha un portal en línea o «ventanilla única» para todos los comerciantes (B2B) de la UE para gestionar su IVA, según lo anunciado en las propuestas de reforma de la Comisión de octubre de 2017. Además, este sistema estará disponible para las empresas no pertenecientes a la UE que deseen vender a otras empresas dentro de la Unión y que de otro modo tendrían que registrarse a efectos del IVA en cada Estado miembro. Una vez en vigor, estas empresas podrán designar simplemente a un intermediario en la UE que gestione el IVA en su nombre.


Menos burocracia


Los cambios reafirman el carácter autorregulador del IVA y reducirán la cantidad de trámites administrativos para las empresas en sus operaciones con otras empresas de otros Estados miembros. Dejarán de ser necesarias para el comercio de mercancías las obligaciones específicas de notificación relacionadas con el sistema transitorio del IVA. La facturación futura relativa al comercio en la UE se regirá por las normas del Estado miembro del proveedor, lo que la hará menos onerosa para ellas.


El vendedor suele encargarse de la recaudación del IVA


El anuncio hecho hoy aclara que es el vendedor quien debe facturar el IVA devengado por la venta de mercancías a un cliente de otro país de la UE, al tipo del Estado miembro de destino. Solo en caso de que el cliente sea un sujeto pasivo certificado (es decir, un contribuyente fiable, reconocido como tal por la administración tributaria), el adquirente de los bienes se encargará de recaudar el IVA.


Contexto


El sistema común del impuesto sobre el valor añadido (IVA) desempeña un papel importante en el mercado único europeo. Sustituyó los impuestos sobre el volumen de negocios, que falseaban la competencia y obstaculizaban la libre circulación de mercancías, y posteriormente se modificó para suprimir los controles y trámites aplicados a las mercancías en circulación entre los Estados miembros. Se trata de una importante y creciente fuente de ingresos de los Estados miembros de la UE, y recaudó más de un billón de euros en 2015, lo que corresponde al 7 % del PIB de la UE. Además, uno de los recursos propios de la UE se basa también en el IVA. Como impuesto sobre el consumo, es una de las formas de fiscalidad más favorable al crecimiento.


La Comisión ha exhortado de manera reiterada a la reforma del sistema del IVA. El plan de acción sobre el IVA de la Comisión de 2016 anunciaba su intención de proponer un sistema definitivo del IVA de la UE. Desde entonces se ha avanzado en las nuevas normas acordadas en materia de IVA para las ventas en línea, y la Comisión ha presentado ya sus propuestas sobre los principios fundamentales subyacentes al futuro territorio único definitivo de aplicación del IVA en la UE y una importante reforma de la manera en que los tipos del IVA se fijan en los Estados miembros. La propuesta de hoy sigue estos pasos anteriores. Hemos escuchado al Parlamento Europeo y al Consejo, que han indicado que cualquier futuro sistema de IVA debe basarse en el principio de imposición en el Estado miembro de destino, es decir, allí donde se consuman las mercancías o servicios.

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