Propuesta de mecanismo excepcional en el CBAM bajo el art. 27.a ante riesgos inflacionistas
- CCJ

- 12 ene
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La normativa vigente del CBAM no contiene ninguna disposición legal que permita suspender temporalmente la aplicación del mecanismo para una categoría de productos o un producto concreto.
Sin embargo existe una propuesta legislativa no hecha pública en la que la UE estaría estudiando la posibilidad de incluir un nuevo artículo, el artículo 27a cuyo texto no se conoce, que permitiría suspender temporalmente del CBAM (que no dejar exento!) determinadas categorías de bienes o productos concretos ante un impacto grave en precios del mercado interior de la UE. El art. 27 a introduce un "Mecanismo de Emergencia para Situaciones Excepcionales".
Una semana tras la entrada en aplicación del CBAM de la fase definitiva,
el 07-01-2026 la Comisión por medio de una nota informativa sobre un meeting interno expresó su preocupación por el sector de los fertilizantes que ya de por sí estaba protegido por la normativa CBAM
La Comisión al día siguiente 08-01-2026, publicó un documento denominado "Q&A on new Art. 27.a" en el que explica cómo funcionaría el nuevo artículo 27a propuesto en una modificación del Reglamento CBAM 2023/956 y responde a la pregunta de qué puede hacer la Comisión si el CBAM tiene un impacto grave en el precio de ciertos productos:
1.- La Comisión clarifica que la suspensión podría aplicar retroactivamente desde el mismo día 01-01-2026 fecha de entrada en aplicación del Reglamento CBAM de la fase definitiva, y que en principio al formalizarse la compra de los certificados CBAM de 2026 en 2027 no tendría impacto durante el año 2026.
2.- En que caso de que la medida se prorrogará mas allá de febrero de 2027 o se implementará más allá de febrero de 2027, que es cuanto está prevista que comience la venta de certificados CBAM trimestral para el 2027 , la Comisión indica que se procedería al rembolso de los certificados CBAM adquiridos durante el periodo de suspensión temporal del CBAM a través de un nuevo procedimiento distinto al de recompra de Certificados CBAM, que debe ser definido. La Comisión está sentando por tanto un potencial panorama temporal de suspensión amplio y sin limitación temporal y que puede abarcar periodos plurianuales.
3.- La suspensión sería temporal y estaría condicionada a una "Evaluación" del impacto fuerte e imprevisto sobre precios y mercado interior, debiendo demostrarse "que el CBAM genera una presión inflacionaria insostenible”, donde el CBAM cause un perjuicio grave al mercado interior de la Unión debido a circunstancias graves e imprevistas.
Esta noticia ha sumido al mercado europeo de fertilizantes en el desconcierto, y los participantes del mercado informan de una práctica paralización total de la actividad comercial, ante la creciente incertidumbre sobre el alcance y el calendario de aplicación de la normativa. Fuentes del mercado indicaron a Platts (S&P) que no se está cerrando ninguna operación en productos clave de fertilizantes como la urea, ya que compradores y proveedores no logran ponerse de acuerdo sobre los precios. Delso, afirma que, tras meses de preparación para el CBAM, las empresas se enfrentan ahora a un clima de “incertidumbre total”, siendo el principal reto cómo trasladar los nuevos costes. Yara, otro gran productor, advierte de que las señales contradictorias de la Comisión, sobre la suspensión de aranceles y la posible suspensión del propio CBAM, han profundizado la confusión, socavando la asequibilidad y la estabilidad del sector. La asociación sectorial Fertilizers Europe afirma que “se opondrá firmemente a cualquier medida que socave aún más la competitividad de un sector ya sometido a una fuerte presión”, calificando los últimos movimientos de la Comisión de “totalmente inaceptables”.






