Nuevo acuerdo de libre comercio UE–México firmado en mayo de 2026
- CCJ

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La Unión Europea y México firmaron el 22 de mayo de 2026 el Modernised Global Agreement (MGA) y el Interim Trade Agreement (iTA), culminando así el proceso de modernización del acuerdo comercial existente entre ambas partes.
El objetivo principal de estos nuevos instrumentos es profundizar la integración económica bilateral, facilitar el comercio y reforzar la cooperación económica y política entre ambos socios.
El iTA regula principalmente los aspectos comerciales y aduaneros, permitiendo que las disposiciones relativas al comercio puedan entrar en vigor con mayor rapidez, una vez completados los procedimientos internos de aprobación por parte de la Unión Europea y México. Por su parte, el MGA tiene un alcance más amplio e incluye materias como inversión, cooperación política, desarrollo sostenible y otras áreas de colaboración, por lo que requerirá un proceso de ratificación más complejo y prolongado.
Desde el punto de vista aduanero, uno de los aspectos más relevantes del nuevo acuerdo es la eliminación o reducción de prácticamente todos los aranceles aplicables al comercio bilateral. La gran mayoría de los productos industriales podrán beneficiarse de un arancel del 0 %, mientras que una parte muy significativa de los productos agrícolas y agroalimentarios también obtendrán acceso preferencial al mercado de la otra parte. El acuerdo persigue una liberalización prácticamente total del comercio de mercancías entre la Unión Europea y México.
No obstante, el acceso a estos beneficios arancelarios no será automático.
Para poder aplicar los tipos preferenciales será necesario acreditar que las mercancías cumplen las correspondientes reglas de origen preferencial previstas en el acuerdo. En consecuencia, seguirá siendo esencial verificar el origen de los productos y disponer de la documentación justificativa adecuada para poder beneficiarse de las preferencias arancelarias.
El acuerdo también moderniza diversos aspectos relacionados con el comercio internacional, incorporando disposiciones sobre comercio digital, propiedad intelectual, contratación pública, sostenibilidad, medio ambiente, derechos laborales y cooperación regulatoria.
Asimismo, contempla mecanismos más avanzados de resolución de controversias y amplía la protección de determinadas indicaciones geográficas y denominaciones de origen.
Las autoridades mexicanas estiman que la modernización del acuerdo permitirá incrementar de forma significativa los intercambios comerciales con la Unión Europea durante los próximos años, mientras que la UE considera este acuerdo un instrumento estratégico para diversificar sus cadenas de suministro y reforzar sus relaciones económicas con América Latina.
Desde una perspectiva práctica, las empresas que operen entre la Unión Europea y México deberán prestar especial atención a los anexos de desgravación arancelaria, a las reglas de origen preferencial y a los procedimientos de certificación de origen, ya que estos elementos serán determinantes para beneficiarse de las ventajas comerciales previstas en el nuevo acuerdo. Actualmente, algunos de los anexos técnicos y disposiciones operativas todavía están pendientes de aplicación efectiva hasta que finalicen los procedimientos necesarios para la entrada en vigor de los nuevos instrumentos jurídicos.






