top of page

La UE aprueba una revisión del Reglamento SPG reforzando la condicionalidad de las preferencias comerciales: enero 2027

  • Foto del escritor: CCJ
    CCJ
  • hace 2 días
  • 3 min de lectura

El 22 de mayo de 2026, el Consejo de la Unión Europea adoptó formalmente el Reglamento revisado del Sistema de Preferencias Generalizadas (“Reglamento SPG revisado”), que establece un marco reforzado para la concesión de acceso preferencial unilateral al mercado de la UE a países en desarrollo, al tiempo que endurece las condiciones vinculadas a dichos beneficios comerciales.


La reforma responde al objetivo de la UE de utilizar las preferencias

comerciales como instrumento de cooperación para promover el desarrollo sostenible, el respeto de los derechos humanos y la buena gobernanza. Esta revisión se produce tras el acuerdo provisional alcanzado en abril de este año entre el Consejo y el Parlamento Europeo y pretende reforzar la credibilidad y eficacia del sistema SPG.


Entre las principales novedades destaca el fortalecimiento de las obligaciones de supervisión y transparencia, así como la ampliación de la lista de convenios internacionales cuyo cumplimiento se exige a los países beneficiarios. En concreto, el Reglamento incorpora el Acuerdo de París, nuevos instrumentos de derechos humanos de Naciones Unidas, normas laborales adicionales de la Organización Internacional del Trabajo y la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional. El Acuerdo de París sustituye así al Protocolo de Kioto como referencia climática principal.


Asimismo, se refuerzan los mecanismos de control mediante una supervisión más estrecha, el uso del “Single Entry Point” de la UE para la presentación de denuncias y procedimientos más ágiles para la retirada temporal de preferencias en casos de infracciones graves y sistemáticas, incluyendo supuestos de trabajo infantil y trabajo forzoso.


El Reglamento revisado mantiene la actual estructura de tres niveles del SPG, incluido el régimen “Everything But Arms” (EBA) aplicable a los países menos desarrollados. En virtud de este régimen, los países beneficiarios seguirán disfrutando de acceso totalmente libre de aranceles y contingentes al mercado de la UE para todos los productos, excepto armas y municiones.


Aunque el nivel de acceso al mercado no se modifica, la reforma introduce cambios relevantes en el marco jurídico aplicable a una eventual retirada de las preferencias EBA. Además, se prevén mecanismos transitorios para los países que dejen de beneficiarse del régimen EBA, permitiéndoles pasar al régimen SPG+ siempre que cumplan requisitos más estrictos en materia de sostenibilidad y gobernanza.


Por primera vez, el Reglamento SPG revisado establece también una relación directa entre las preferencias comerciales y la cooperación en materia migratoria y de readmisión. La Comisión Europea podrá evaluar si los países beneficiarios cooperan eficazmente en la readmisión de sus nacionales en situación irregular en la UE y, en su caso, proponer la retirada de los beneficios SPG.


Por otro lado, el nuevo Reglamento refuerza los mecanismos de salvaguardia destinados a proteger a los productores europeos frente a aumentos repentinos y significativos de las importaciones. Entre estas medidas se incluye una salvaguardia específica para las importaciones de arroz, que permitirá reintroducir temporalmente aranceles cuando las importaciones superen significativamente los niveles normales y exista riesgo de perturbación del mercado europeo.


Está previsto que el Reglamento SPG revisado sea aplicable a partir del 1 de enero de 2027, una vez firmado y publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea. Las empresas que se beneficien o dependan de las preferencias SPG deberán seguir de cerca la evolución del marco de aplicación y analizar el posible impacto derivado del endurecimiento de los requisitos de condicionalidad. En particular, convendrá evaluar la exposición a países cuyo cumplimiento de las nuevas obligaciones internacionales pueda convertirse en objeto de supervisión o medidas de ejecución.

MAFC CBAM
MAFC CBAM

& Partners

Comercio Global
y  Sostenibilidad

Consultoría Estratégica

Prestamos servicios en toda España

Contacto

Cea Bermudez. 55, Madrid

Alameda de Colón 34, Málaga

Newsletter bimensual y alertas fiscales

Suscripción confirmada!

MAFC CBAM

International Network

of Customs Universities

International Federation

of Compliance Associations

Captura_de_pantalla_2025-04-16_a_las_20.55.49-removebg-preview (1).png

Queda prohibida la reproducción parcial o total de esta web sin autorización.Este sitio Web (incluyendo sin limitación cualquier contenido o documentación) contiene únicamente información general, y  por medio de este sitio Web, no se presta ningún tipo de asesoría o servicio profesional. Antes de realizar cualquier acción o tomar cualquier decisión que pueda afectar a su empresa o negocio en base a la información contenida en esta web o direccionada desde esta web, debería contactar con uno de nuestros asesores profesionales cualificados. 

Aviso legal, Protección de Datos, Política de Cookies. 

Por un Sistema Tributario Justo. Declaración de Granada. Fiat iustitia et pereat mundus. 

Comprometidos con el respeto al medio ambiente.

© 2017- 2025 Todos los derechos reservados. 

bottom of page