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Solicitud de asignación gratuita de derechos de emisión para los años 2026-2030





Con objeto de intensificar la reducción de emisiones en el cuarto periodo del régimen de comercio de derechos de emisión de la Unión Europea (en adelante, RCDE UE) que abarca los años 2021-2030, en el año 2018 la Unión Europea adoptó la Directiva (UE) 2018/410 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 14 de marzo de 2018, por la que se modifica la Directiva 2003/87/CE para intensificar las reducciones de emisiones de forma eficaz en relación con los costes y facilitar las inversiones en tecnologías hipocarbónicas, así como la Decisión (UE) 2015/1814


En relación con la asignación gratuita, se ha dictado el Real Decreto 18/2019, de 25 de enero, por el que se desarrollan aspectos relativos a la aplicación del régimen de comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero en el periodo 2021-2030.


Este real decreto define determinados aspectos relacionados con el proceso de asignación gratuita de derechos de emisión de gases de efecto invernadero del periodo de comercio 2021-2030.


Es preciso indicar que, a efectos de la asignación gratuita de derechos de emisión para las instalaciones fijas, este periodo de comercio se divide en dos periodos de asignación, esto es, el periodo 2021-2025 y el periodo 2026-2030. Se aborda, también, en este real decreto la concreción del régimen de exclusiones

Asimismo, por lo que se refiere a la exclusión de las instalaciones durante el periodo de asignación 2021- 2025, se dictó el Real Decreto 317/2019, de 26 de abril, por el que se define la medida de mitigación equivalente a la participación en el régimen de comercio de derechos de emisión en el periodo 2021-2025 y se regulan determinados aspectos relacionados con la exclusión de instalaciones de bajas emisiones del régimen del comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero. Por su parte, las cuestiones referentes al ajuste de la asignación de derechos de emisión han sido desarrolladas con posterioridad mediante el Real Decreto 1089/2020.


Asimismo, a la vista de los resultados del informe sobre la aplicación hasta el año 2022 del régimen de exclusión de las instalaciones de bajas emisiones al que se refiere la disposición adicional cuarta apartado 7 de la Ley 1/2005, el presente real decreto extiende la aplicación de dicho régimen durante los años 2026-2030.


De este modo, aborda las cuestiones relacionadas con la exclusión del RCDE UE durante estos años de las instalaciones de pequeño tamaño, entendiéndose que con esta terminología se hace referencia a aquellas que emiten menos de 25.000 toneladas equivalentes de dióxido de carbono anuales. Junto a estas, pueden ser excluidos también los hospitales y, con carácter general, las instalaciones que emitan menos de 2.500 toneladas equivalentes de dióxido de carbono anuales

El artículo 10 bis de la Directiva 2003/87/CE ha sido modificado por la Directiva (UE) 2023/959 para establecer dos condicionalidades a la asignación gratuita de derechos de emisión de las instalaciones. Estas condicionalidades deberán ser concretadas en la normativa de la Unión.


De conformidad con lo previsto en el artículo 19 de la Ley 1/2005, de 9 de marzo, por la que se regula el régimen del comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero, los titulares de las instalaciones fijas incluidas en el ámbito de aplicación de la mencionada ley que cumplan los requisitos pertinentes para recibir asignación gratuita de derechos de emisión podrán solicitarla para el periodo de asignación 2026-2030 a la Oficina Española de Cambio Climático del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico


La solicitud de asignación gratuita de derechos de emisión de gases de efecto invernadero para el periodo de asignación 2026-2030 deberá presentarse, ante la Oficina Española de Cambio Climático, a más tardar el 31 de mayo de 2024.

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