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BREXIT: Recuperación de IVA como no establecido en UK hasta el 31-03-2021


Novedades web AEAT



Se incorpora un nuevo apartado en el banner dedicado al Brexit sobre la devolución del IVA soportado en Reino Unido.


Los empresarios y profesionales establecidos en Península y Baleares que adquieran bienes y servicios en el Reino Unido durante el año 2020 solo podrán solicitar la devolución de las cuotas de IVA allí soportadas hasta el 31 de marzo de 2021. Deberán hacerlo a través de la web de la AEAT conforme al procedimiento aplicable a los Estados miembros.

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